¿Qué motivos hay para rechazar la propuesta de Constitución?
¿Se es menos europeo por rechazarla?
El 20 de febrero de 2005 los españoles tendremos la oportunidad de emitir nuestro parecer sobre la propuesta de Constitución Europea que presenta el señor Giscard D’Estaing. Desde el Partido Social Europeo entendemos que la aprobación o rechazo de este texto supondrá un paso decisivo e irreversible sobre qué queremos los europeos que sea la Unión. Por lo tanto, pensamos que la cita con las urnas será una de las grandes responsabilidades históricas que nos toca asumir a nuestra generación. El Gobierno español primero fijó la fecha del 27 de febrero para este referéndum, pero lo
adelantó al 20 para evitar la coincidencia con la fiesta de Andalucía, la comunidad en donde el PSOE obtiene el mayor número de votos.
Por otra parte, y dado el escaso interés de la ciudadanía en las 400 páginas de la propuesta constitucional, el Gobierno incorpora un programa de telebasura (Gran Hermano) como medio para su campaña de propaganda.
Podemos decidir si queremos una Europa diseñada por Giscard D’Estaing y otros miembros del Directorio franco-alemán, de acuerdo con su peculiar ideología. O, por el contrario, ahora tenemos la libertad para decir que queremos una Europa de las personas, una Europa asentada en sus raíces y en sus principios constitutivos: Cultura Grecolatina, Solidaridad Cristiana, Vocación Atlántica.
Si queremos reafirmar nuestra decidida apuesta por Europa, tenemos que plantearnos muy en serio qué instituciones y valores fundamentales deseamos para nuestro macro-estado común. En el Tercer Milenio ningún país europeo puede pretender subsistir por su cuenta; toda nación debe involucrarse en una reunificación del Continente asentada en sólidos pilares. Por ello, porque sentimos auténtica pasión por Europa, por la verdadera Europa, por la Europa posible, tenemos que rechazar una propuesta tan antieuropea como la que presenta Giscard D’Estaing.

Firma del Tratado de Roma (1957)
Con la propuesta de Constitución aplaudida por Rodríguez Zapatero y redactada por Giscard D’Estaing, muchos países se ven arrinconados y sin peso en Europa. La propuesta constitucional consagra una Europa hecha a la medida del Directorio Francia-Alemania; y condena a todos los Estados pequeños (Letonia, Austria, Holanda, Chequia, Eslovaquia, Bélgica, etc.) a convertirse en colonias económicas del Directorio. Esta propuesta constitucional supone una preponderancia de Alemania sobre Italia, España, Portugal, Polonia y los demás miembros de la Unión. Muestra de esta desigualdad la ha dado en el último año la Comisión, al querer soslayar las sanciones en que Francia y Alemania incurrieron, a resultas de no cumplir el Pacto de Estabilidad.
Según la propuesta de Giscard D’Estaing, los países pierden su capacidad soberana de maniobra para evitar acuerdos perniciosos sobre sus legítimos intereses; porque todo queda al arrastre del Directorio Francia-Alemania. El país que más peso pierde en la propuesta de D’Estaing es España. Algo chocante en unos tiempos en que se habla, desde el Gobierno de España, de llegar a relaciones con Estados Unidos “de igual a igual”; es decir, pretender ser del mismo rango que el país más poderoso de la Tierra, a la vez que nos relegamos a la 2ª División en Europa. El texto de D’Estaing establece que hay europeos de Primera, de Segunda y de Tercera categoría; porque los sistemas para adopción de decisiones están basados en el peso demográfico de cada Estado, y no en la pluralidad política del Parlamento Europeo. Porque el Presupuesto y las partidas económicas de la Unión no están controladas por el Parlamento, sino que dependen, en la práctica, del peso político del “núcleo duro” y de la capacidad negociadora del resto de líderes.
La propuesta de D’Estaing elimina toda referencia a los valores cristianos que garantizan una Europa estable, solidaria, donde las personas sean el punto de partida y de llegada de toda política. Como afirma Antonio Fontán —que fue director del diario Madrid, y Presidente del Senado en las Cortes Constituyentes de 1978—, “la filosofía cristiana, que cree en la moderación como método, en la dignidad de la voluntad humana y su derecho a ejercerse libremente, sin confesionalidades ni coacciones religiosas o laicistas, estaría llamada a asegurar la continuidad abierta y liberal de la historia de la actual Unión y de todo el continente” (Abc, 20/10/2004) . Una Europa que da la espalda a sus principios más elementales, que se queda sin un punto firme de apoyo, se acerca a terrenos del relativismo moral. Sin embargo, como anotaba T. S. Eliot, “Si mañana Asia se convirtiera al cristianismo, no pasaría por ello a formar parte de Europa”.
La falta de reconocimiento de las raíces cristianas de Europa no es una muestra de neutralidad, sino de laicismo jacobino, según palabras de Joseph Weiler, constitucionalista estadounidense y Catedrático de la Universidad de Nueva York. Weiler considera que el borrador elaborado por la Convención refleja solo el modelo laico francés, mientras que las constituciones de otros países europeos (Alemania, Irlanda, Polonia, España...) contienen referencias específicas al cristianismo. “Laico no es sinónimo de neutral –explica–. La Constitución Europea, si bien predica el pluralismo cultural, aplica en realidad un imperialismo constitucional, censurando la apertura a las referencias religiosas presentes en muchas constituciones estatales”. Joseph Weiler es judío practicante y ha escrito el libro "Una Europa cristiana".
Robert Schuman sostenía que «Europa ha necesitado más de un milenio de cristianismo para forjarse. La democracia será cristiana o no existirá. Una democracia anticristiana será una caricatura que acabará en la tiranía o en la anarquía».

Robert Schuman, padre de la CEE, y Jean Monnet
La actual formación institucional de la Unión funciona alejada de los ciudadanos y de sus problemas (vivienda, sanidad, seguridad, educación), y se convierte, en la mayor parte de los casos, en escenario de confrontación o duras negociaciones entre Gobiernos y corrientes políticas. Las actuales instituciones incluso llegan a ser el ring donde se dirimen puros enfrentamientos personales entre Primeros Ministros. Con la propuesta constitucional de Giscard D’Estaing este modo de entender Europa se afianzará. La inmensa maquinaria burocrática de la Unión, la prodigalidad legislativa y normativa, así como la falta de agilidad para entretejerse con los Gobiernos, será imposible de adaptar para el bien de los ciudadanos, si prospera el texto redactado por Giscard D’Estaing.
De hecho, la Convención encargada de redactar el texto no se ha formado como Cortes Constituyentes elegidas por los ciudadanos. No ha habido representación social en ese texto, ni se han incorporado las peticiones y cuestiones que han salido al debate público, al respecto, en los últimos años. Aunque el texto afirma que la Constitución nace de la voluntad de los ciudadanos (cfr. I-1.1), lo cierto es que la escasa participación ciudadana en los pasados comicios no avala la tesis de la aprobación social hacia esta forma de entender Europa. En 1950 Robert Schuman dijo: “Europa no se hará de golpe, ni en una obra de conjunto, se hará por medio de realizaciones concretas, que creen, en primer lugar, una solidaridad de hecho”.
No se recoge en la propuesta de D’Estaing la salvaguarda del derecho a la vida para todos; es decir, para todos los seres humanos desde su estado embrionario hasta su muerte natural. Tampoco aclara la propuesta de Constitución que la familia se asienta sobre la unión matrimonial de una mujer con un hombre. La declaración de Derechos no añade nada enriquecedor que no contenga el Título I de la Constitución Española de 1978, y que desarrollen las Leyes Orgánicas del Reino. Aunque positivo, entendemos como demasiado corto el Artículo II-63 del Título I (Parte II): “[En el marco de la medicina y la biología se respetarán] la prohibición de las prácticas eugenésicas, y en particular las que tienen por finalidad la
selección de las personas; la prohibición de que el cuerpo humano o partes del mismo en cuanto tales se conviertan en
objeto de lucro; la prohibición de la clonación reproductora de seres humanos”.
La propuesta constitucional de D’Estaing, avalada por Rodríguez Zapatero, resulta demasiado extensa, con algunos puntos demasiado difusos, y otros demasiado enrevesados. Las posibilidades de ulteriores modificaciones constitucionales son virtualmente imposibles, porque se basan en iniciativas de Estados miembros, lo cual chocaría con el desigual reparto de poder que impone esta propuesta.
El texto presentado por Giscard D’Estaing y otros correligionarios suyos, como Jacques Chirac, no garantiza que un ataque contra un Estado miembro sea un ataque contra toda la Unión; puesto que sólo propone que “Si un Estado miembro es objeto de una agresión armada en su territorio, los demás Estados
miembros le deberán ayuda y asistencia con todos los medios a su alcance” (cfr. Parte I, Título V; Capítulo II, Artículo I-41.7). Asimismo, en el texto presentado no se menciona la particular situación de los territorios españoles de Ceuta, Melilla, Islas de Alborán, Islas Chafarinas, Peñón de Alhucemas y Peñón de Vélez de la Gomera. En caso de que se produzca una hostilidad similar a la invasión de Perejil en julio de 2002, el texto no aporta nada que mejore la situación del agredido, o que impida a terceros países de la Unión sacar beneficio del conflicto.
La pretensión constitucional del Directorio sólo concreta la descripción del trabajo conjunto de la Comisión, Consejos de Ministros, Parlamento Europeo y otras instituciones —aunque sin establecer un funcionamiento plenamente democráctico, y con separación de poderes—, pero no presenta medidas efectivas para la salvaguarda de los derechos de los Estados y de los ciudadanos. No establece un marco de garantías constitucionales, ni asegura el desarrollo de políticas de contenido económico, social, protección al medio ambiente, infancia, salud, educación, etc. En el artículo III-282 se menciona la cooperación con los Estados en materia educativa, pero no se habla de la asistencia y protección de la libertad de enseñanza; de manera que sólo se prestará colaboración a los Estados, no a los padres. Sin embargo, resulta loable el elenco de aspectos de interés social que enumera la propuesta constitucional. En resumen, la Europa de las instituciones y la burocracia se consagra (Título IV de la Parte I), pero la Europa de las personas queda como una mera declaración de buenas intenciones.
La Constitución, en caso de ser aprobada, no descarta la posibilidad de que un Estado como Turquía pueda entrar en la Unión. La historia de los Gobiernos turcos no es un compendio de respeto a las naciones europeas y las poblaciones cristianas; ni le ha valido un lugar en la defensa de los derechos humanos. El siglo XX atestigua un conjunto de actos genocidas contra kurdos y armenios. Incluso Günter Verheugen, Comisario de la Ampliación, afirmó que “la aplicación de las reformas legislativas en Turquía deja mucho que desear”. No olvidemos, por otra parte, que la Constitución que propone Giscard D’Estaing refuerza el poder de los Estados con mayor población; y así Turquía podría ser el país cuyo Gobierno tuviera la máxima capacidad de decisión en la Unión Europea. Pero, de momento, Turquía ofrecería a los empresarios europeos la posibilidad de contar con mano de obra barata, sin seguros sociales, y comerciar sin aranceles. ¿Turquía será admitida en Europa sólo porque resulta rentable a corto plazo para las grandes empresas?

Por otro lado, la propuesta constitucional permite la subsistencia de territorios coloniales en Europa al margen de la Unión (Feroe, zonas de soberanía británica en Chipre, Gibraltar, etc.), así como paraísos fiscales (Isla de Man, Islas del Canal). Además, según este texto, “los países y territorios no europeos que mantienen relaciones especiales con Dinamarca, Francia, los Países Bajos y el Reino Unido están asociados [i.e. no integrados] a la Unión” (cfr. Parte III, Título IV; Artículo III-286), lo que consagra un régimen aparte para las colonias de estos países.
Sin embargo, el texto no menciona la protección de los derechos forales y autonómicos que, por ejemplo, sí contempla la Constitución Española de 1978. La propuesta constitucional presenta nuevas obligaciones fiscales y normas sobre partidos políticos que constriñen la libertad de cada Estado (cfr. Parte III, Título VI, Capítulo I; Sección 1, Artículo III-331).
Con la propuesta presentada por Giscard D’Estaing se mantiene el marco de falta de solidaridad que actualmente demuestra Europa ante los países pobres (en especial de Sudamérica, Centroamérica y África), los fenómenos de migración humana, las poblaciones sojuzgadas por regímenes tiránicos y totalitarios, los países sometidos a invasiones injustificadas (caso de Sahara Occidental), o las zonas de grave conflicto humanitario (Palestina, Ruanda, Sudán, etc.). Todo ello a pesar de los esfuerzos que se contemplan en la Parte III, Título V; Capítulo IV, Artículo III-321. Porque tales palabras no añaden nada nuevo a la declaración de benéficas intenciones con que ahora funciona la Unión. También se perpetúan las desigualdades sociales y económicas y las arbitrariedades políticas de nuestra Europa.
Por último, la redacción de esta propuesta constitucional está destinada a que los ciudadanos europeos no la lean, ni la entiendan; tiene 400 páginas, presenta una estructura compleja (partes, títulos, secciones, capítulos, artículos, etc.), lo que en un articulado tan extenso resulta díficil de manejar (la Constitución de 1978 tiene unas 55 páginas y ofrece mayor concisión). Las materias que aborda el texto se entremezclan y se saltan de una parte a otra, de forma que no resulta fácil conocer en conjunto lo que esta propuesta constitucional supone en campos como Defensa, Vivienda, Medio Ambiente, Libertades, Salud, Educación, Solidaridad, etc.